SIN TÍTULO (Referencias jurídicas en la obra de Cervantes)

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El peregrino ingenio que dio luz al Quijote nos muestra a veces, a los de oficio jurídico, conceptos en los que nuestra atención se detiene y nuestro ánimo se suspende. Cervantes, literato -novelista y poeta – no abogado, maneja con singular soltura y propiedad conceptos jurídicos que aparecen, en profusión, esparcidos por sus obras. Para sus fines literarios en la obra cervantina vense las figuras jurídicas unas veces en sentido directo y propio, y otras, para darnos bellísimas imágenes literarias. Todo ello con el estilo vivo, atrayente y sugestivo, que a tantos encanta y seduce. Si no impasible, difícil sería encontrar, si alguien lo buscase, en toda la Historia Literaria, antigua y moderna, autor que con un fin artístico, utilice el derecho tan finamente. Y, sobre todo, sin que esos conceptos disuenen ni produzcan enfado al profesional que, en la literatura, buscan un poco de solaz en su labor cotidiana. Nosotros, con una precaución cinegética pudiéramos decir, lápiz en mano, hemos leído lo fundamental de Cervantes, es decir, el Quijote, los trabajos de Persiles y Segismunda y las Novelas Ejemplares. Pero sin propósito exhaustivo por lo que un lector más atento, pudiera tal vez encontrar un caudal jurídico más extenso. 

El abuelo paterno de Cervantes, Don Juan, ejerció de Abogado y Juez en Andalucía, lo que nos hace suponer que el nieto Miguel, se haya familiarizado un tanto en el hogar, con las Leyes y obras de derecho, nada extraño en quien, como se sabe, leía cuanto papel escrito alcanzaban sus manos.  Más influencia atribuimos, sin embargo, al objeto de demostrar la preparación jurídica de Cervantes al cargo que, durante algún tiempo, ejerció en el Reino de Granada. En esta ciudad fue recaudador de alcabalas, impuesto éste que ahora tiene su continuación en el que denominamos de Derechos Reales, si bien aquel tenía más reducida extensión en el campo contractual pues alcanzaba, principalmente, ventas y permutas. La recaudación de este impuesto exige hoy una preparación jurídica en los funcionarios encargados de su gestión, y entonces, aunque menos, también la exigiría. No creemos pues, que sea aventurado suponer que Cervantes, forzado por cierta necesidad tuviera que estudiar materias de derecho. Mas esta necesidad y aquella familiaridad no explican todo, porque Cervantes, como se verá por la obra, tiene conocimientos muy hondos y a la vez extensos de esta disciplina. 

Este mi amo – dice Sancho – cuando yo hablo de cosas de meollo y de sustancia, suele decir que podría yo tomar un púlpito en las manos e irme por ese mundo adelante predicando lindezas; y yo digo de él que cuando que cuando comienza a enhilar sentencias y dar consejos, no solo puede tomar un púlpito en las manos, sino dos en cada dedo, y andarse por esas plazas a ¿qué quieres boca? ¡Válgate el diablo por caballero andante, que tantas cosas sabes! Yo pensaba en ni ánimo que solo podía saber aquello que tocaba a sus caballerías; pero no hay cosa donde no pique y deje de meter su cucharada. Ciertamente no hay cosa donde no pique y deje de meter su cucharada y entre esas cosas está la ciencia jurídica, como en otros capítulos, Don Quijote hace saber a su escudero: La caballería andante es una ciencia que encierra en sí todas las demás ciencias del mundo, a causa que el que la profesa ha de ser jurisperito, y saber las leyes de la Justicia distributiva y conmutativa para dar a uno lo que es suyo y lo que le conviene; ha de ser teólogo… médico… herbolario… astrólogo… matemático… etc., etc.

Sancho, se asombra, reiteradamente de lo que sabe su amo. En una ocasión dice entre sí: El diablo me lleve si este mi amo es no es tólogo; y si no lo es, que lo parece como un güevo a otro. Y en otro momento añade: Dije de verdad que es vuestra merced el mesmo diablo y que no hay cosa que no sepa.- Todo es menester – respondió D. Quijote – para el oficio que trayo.- 

El Quijote

Primera parte

Prólogo

… y estás en tu casa, donde eres señor della, como rey de sus alcabalas.

Capítulo IV

… y ¡cómo que andará vuestra merced acertada en cumplir el mandamiento da aquel buen caballero, que mil años viva; que según es de valeroso y de buen juez, vive Roque, que si no me paga que vuelva y ejecute lo que dije!

… lo desató, y le dio licencia que fuese a buscar a su juez para que ejecutase la pronunciada sentencia.-

VI

… aquí comen los caballeros y duermen y mueren en sus camas, y hacen testamento antes de su muerte con otras cosas de que todos los demás libros carecen.-

X

Calla – dijo Don Quijote – ¿Y dónde has visto tú, o leído, jamás , que caballero andante haya sido puesto ante la justicia por mas homicidios que hubiese cometido?.-

– Yo no sé nada de omecillos ni en mi vida lo caté a ninguno; solo sé que la santa Hermandad tiene que ver con los que pelean en el campo, y en esa trama me entrometo.-

XI

La justicia estaba en sus propios términos, sin que la osasen turbar ni ofender los del favor y los del interés, que tanto ahora la menoscaban, turban y persiguen. La ley del encaje aún no se había asentado en el entendimiento del juez, porque entonces no había que juzgar, ni quien fuese juzgado.-

XII

Ya en este tiempo era muerto el padre de nuestro Grisóstomo, y él quedó heredero en mucha cantidad de hacienda, ansí en muebles como en raíces, y en no pequeña cantidad de ganado, mayor y menor; y en gran cantidad de dineros; de todo lo cual quedó el mozo señor de soluto…

XVII

…que yo no puedo contravenir a la orden de los caballeros andantes, de los cuales es cierto (sin que hasta ahora haya leído cosa en contrario) que jamás pagaran pesada ni otra cosa en venta donde estuviese, porque se les debe de fuero y derecho cualquier buen acogimiento que se les hiciere, en pago del insufrible trabajo que padecen buscando las aventuras de noche y de día, en invierno y verano, a pie y a caballo, con sed y con hambre, con calor y con frio, sujetos a todas las inclemencias del cielo y a todos las incomodidades de la tierra.-

Poco tengo que ver yo en eso – respondió el ventero – págueseme lo que se me debe y dejémonos de cuentos y de caballerías, que yo no tengo cuenta con otra cosa que con cobrar mi hacienda.-

XX

… y que en lo que tocaba a la paga de sus servicios no tuviese pena porque él había hecho su testamento antes que saliera de su lugar, donde se hallaría gratificado de todo lo tocante a su salario, rata por cantidad del tiempo que hubiese servido; pero si Dios lo sacaba de aquel peligro sano y salvo y sin cautela, se podía tener por muy más cierta la prometida ínsula.-

No creo yo – respondió Don Quijote – que jamás los tales escuderos estuvieran asalario, sino a merced; y si yo ahora te lo he señalado a ti en el testamento cerrado que dejó en mí casa, fue por lo que podía suceder; que aún no sé cómo prueba en estos tan calamitosos tiempos nuestra caballería, y no querría que por pocas cosas penase mi anima en el otro mundo.-

XXI

Y luego, habilitado con aquella licencia, hizo “mutatio caparum” y puso su jumento a las mil lindezas, dejándole mejorado en tercio y quinto.-

Bien es verdad que yo soy hijodalgo de solar conocido, de posesión y propiedad y de devengar quinientos sueldos.-

XXII

Advierta vuestra merced – dijo Sancho – que la Justicia, que es el mismo Rey, no hace fuerza ni agravio a semejante gente, si no que les castiga en pena de sus delitos.-

Aunque llevamos aquí el registro y la fe de las sentencias de cada uno de estos malaventurados no es tiempo éste de detenernos a sacarlas ni a leerlas.-

Señor caballero, cantar en el ansia se dice entre esta gente “non sancta” confesar en el tormento… Porque dicen ellos que tantas letras tiene un “no” como un “sí” y que harta ventura tiene un delincuente, que está en su lengua su vida o su muerte, y no en la de los testigos y probanzas.-

Va por diez años – replicó la guarda – que es como muerte civil.-

… y no es bien que los hombres honrados sean verdugos de los otros hombres no yéndoles nada en ello.-

XXIII

Ginés, que no era agradecido ni bienintencionado, acordó de hurtar el asno a Sancho Panza, no curándose de “Rocinante” por ser prenda tan mala para empeñada como para vendida.-

Don Quijote que vio el llanto y supo la causa, consoló a Sancho con las mejores razones que pudo, y le rogó que tuviese paciencia, prometiéndole de darle una cédula de cambio para que le diesen tres en su casa, de cinco que había dejado en ella.-

A lo que Sancho respondió: – Harto mejor sería no buscallo; porque si lo hallamos y acaso fuese el dueño del dinero, claro está que lo tengo que restituir; y así, fuera mejor, sin hacer esta inútil diligencia, poseerlo yo con buena fe, hasta que por otra vía menos curiosa y diligente, pareciera su verdadero señor; y quizá fuera a tiempo que lo hubiera gastado, y entonces el rey me haría franco.-

Recuérdese, no más, los artículos 464 y 514, párrafo 2º de los Códigos Civil y Penal, respectivamente.-

No hemos topado a nadie – respondió Don Quijote -, sino a un cojín y a una maletilla que no lejos de este lugar hallamos.

También la hallé yo – respondió el cabrero –; mas nunca la quise alzar ni llegar a ella, temeroso de algún desmán y de que no me la pidiesen por de hurto; que es el diablo sutil, y de debajo de los pies se le levanta al hombre cosa donde tropiece y caiga, sin saber cómo, ni cómo no.-

Eso mesmo es lo que yo digo – respondió Sancho -; que también la hallé yo, y no quise llegar a ella con un tiro de piedra; allí la dejé, y allí se queda como estaba; que no quiero perro con cencerro.-

XXV

Así es la verdad – dijo el de la “Triste Figura” – ; pero, ¿qué haremos para escribir la carta?

¿Y la libranza pollinesca también? – añadió Sancho.

Todo irá inserto – dijo D. Quijote -; y sería bueno porque no hay papel, que la escribiésemos, como hacían los antiguos, en hojas de árboles, o en unas tablillas de cera; aunque tan dificultoso será hallarse eso ahora como el papel. Mas ya me ha venido a la memoria donde será bien, y aún más que bien escribilla, que es en el librillo de memoria que fue de Cardeño, y tú tendrás cuidado de hacerla trasladar en papel, de buena letra, en el primer lugar que hallares, donde haya maestro de escuela de muchachos, o si no, cualquiera sacristán te la trasladará; y no se la des a trasladar a ningún escribano, que hace letra procesada, que no la entenderá satanás.-

Pues ¿qué se ha de hacer de la firma? – dijo Sancho.-

Nunca las cartas de Amadís se firmaron – respondió D. Quijote.-

Está bien – respondió Sancho -; pero la libranza forzosamente se ha de firmar, y ésa, si se traslada, dirán que la firma es falsa, y quedaréme sin pollinos.-

La libranza irá en el mesmo librillo firmada; que en viéndola mi sobrina, no pondrá dificuyltad en cumplilla.-

Ea, pues – dijo Sancho – ponga vuestra merced en esotra vuelta la cédula de los tres pollinos, y fírmela con mucha claridad, porque la conozcan en viéndola.

Que me place – dijo D. Quijote.-

Y habiéndola escrito, se la leyó, que decía así: 

Mandará Vuestra Merced, por esta primera de pollinos, señora sobrina, dar a Sancho Panza, mi escudero, tres de los cinco que dejé en casa y están a cargo de vuestra merced. Los cuales tres pollinos se los mando librar y pagar por otros tantos aquí recibidos de contado; que con esta y con su carta de pago serán bien dados: fecha en las entrañas de sierra Morena a veinte y dos de Agosto deste presenta año.-

Bueno está – dijo Sancho -; fírmela vuestra merced.-

No es menester firmarla – dijo D. Quijote – sino solamente poner rúbrica, que es lo mesmo que firma, y para tres asnos, y aún para trescientos fuera bastante.-

Yo me confío de vuestra merced – dijo Sancho.-

XXVI

He perdido el libro de memoria – respondió Sancho -, donde venía la carta para Dulcinea y una cédula firmada de mi señor, por la cual mandaba que su sobrina me diese tres pollinos, de cuatro o cinco que estaban en casa.-

Y con esto, les contó la pérdida de rucio. Consolole el cura, y díjole que, en hallando a su señor, él le haría revalidar la manda y que tornase a hacer libranza en papel, como era uso y costumbre, porque las que se hacían en libros de memoria jamás se aceptaban ni cumplían.-

XXIX

Quise defraudar la justicia, ir contra su rey y señor natural pues fue contra sus justos mandamientos…

XXX

Majadero – dijo a esta sazón D. Quijote -. A los caballeros andantes no les toca ni atañe averiguar si los afligidos, encadenados y opresores que encuentran por los caminos van de aquella manera, o están en aquella angustia, por sus culpas, o pro sus gracias; sólo les toca ayudarles como a menesterosos, poniendo los ojos en sus penas, y no en sus bellaquerías. Yo topé un rosario y sarta de gente mohína y desdichada, e hice con ellos lo que mi religión me pide, y lo demás allá se avenga.-

Llegaron todos y diéronle el parabién del hallazgo del rucio, especialmente D. Quijote, el cual le dijo que no por eso anulaba la póliza de las tres pollinas.-

Sancho se lo agradeció.-

XXXVII

…hablo de las letras humanas, que es su fin poner en su punto la justicia distributiva, y dar a cada uno lo que es suyo, y entender y hacer que las buenas leyes se guarden. Fin, por cierto, generoso y alto, y digno de grande alabanza; pero no de tanto como merece aquel que a las armas atiende, las cuales tienen por objeto y fin la paz, que es el mayor bien que los hombros pueden desear en esta vida.-

XXXVIII

Y entre las que he dicho, dicen las letras, que sin ellas no se podrían sustentar por que la fuerza también tiene sus leyes y está sujeta a ellas, y que las leyes caen debajo de los que son letras y letrados.- A esto responden las armas que las leyes no se podrán sustentar sin ellas, porque con las armas se defienden las repúblicas, se conservan los reinos, se guardan las ciudades, se aseguran los caminos, se despejan los mares de corsarios…

XXXIX

Vosotros estáis ya en edad de tomar estado, o, a lo menos, de elegir ejercicio, tal, que, cuando mayores, os honre y aproveche.- 

Recordemos el artículo 321 del Código Civil y la famosa sentencia del Tribunal Supremo de 19 de febrero de 1901. E igualmente el artículo 12 del Apéndice foral de Aragón.- 

XLIV

Cualquiera que dijera que yo he sido con justo título encantado, como mi señora la princesa Micomicona me dé licencia para ello, yo lo desmiento, lo reto y desafío a singular batalla.-

¡Aquí del Rey y de la justicia; que sobre cobrar mi hacienda me quiere matar este ladrón salteador de caminos!.-

Mentís – respondió Sancho – que yo no soy salteador; que en buena guerra ganó mi señor D. Quijote estos despojos.-

¡Por que vean vuestras mercedes clara y manifiestamente el error en que está este buen escudero, pues llama bacía a lo que fue, es y será y yelmo de Mambrino, el cual se le quité yo en buena guerra, y me hice señor de él con legítima y lícita posesión!-

XLV

… pero en declarar si esta es albarda o jaez, no me atrevo a dar sentencia definitiva…

…le vino a la memoria que entre algunos mandamientos que traía para prender a algunos delincuentes traía uno contra D. Quijote, a quien la Santa Hermandad había mandado prender por la libertad que dio a los galeotes, y como Sancho con mucha razón había temido.-

¡Favor a la santa Hermandad! – Y para que se vea que la pido de veras, léase este mandamiento, de donde se contiene que se prenda a este salteador de caminos.-

Venid acá, gente soez y mal nacida: ¿Saltear de caminos llamáis al dar libertad a los encadenados, soltar los presos, acorrer a los miserables, alzar los caídos, remediar los menesterosos?

Venid acá ladrones en cuadrilla que no cuadrilleros, salteadores de caminos con licencia de la Santa Hermandad; decidme: ¿Quién fue el ignorante que firmó mandamiento de prisión contra un tal caballero como yo soy? ¿Quién el que ignoró que son exentos de todo judicial fuero los caballeros andantes, y que su ley es su espada, sus fueros sus bríos, sus pragmáticas su voluntad?…

¿Qué caballero andante pagó pecho, alcabala, chapín de la reina, moneda forera, portazgo ni barca?.-

Y finalmente ¿qué caballero andante ha habido, hay ni habrá en el mundo, que no tenga bríos para dar él solo cuatrocientos palos a cuatrocientos cuadrilleros que se le pongan delante?.-

XLVI

… porque cuando no suceda, por la suya o por mi corta ventura, el poderle yo dar la ínsula, u otra cosa equivalente, que le tengo prometida, por lo menos, su salario no podrá perderse, que en mi testamento, que ya está hecho, dejo declarado lo que se le ha de dar, no conforme a sus muchos y buenos servicios, sino a la posibilidad mía.- 

Segunda parte

I

… y entre otras cosas que el loco le dijo fue que el rector le tenía ojeriza, por no perder los regalos que sus parientes le hacían porque dijese que aún estaba loco, y con lúcidos intervalos; y que el mayor contrario que en su desgracia tenía era su mucha hacienda, pues por gozar de ella sus enemigos, ponían dolo y dudaban de la merced que Nuestro Señor le había hecho en volverle de bestia en hombre.

VII

…y así no hay que hacer si no que vuesa merced ordene su testamento con su codicilo, en modo que no se pueda revolcar.-

… pero oyéndole decir ahora, testamento y codicilo que no se pueda revolcar, en lugar de testamento y codicilo que no se pueda revocar, creyó todo lo que él había leído, y confirmolo por uno de los más solemnes mentecatos de nuestros siglos… 

XI

Recitante he visto yo estar preso por dos muertes, y salir libre y sin costas.-

XVIII

No le sacarán del borrador de su locura cuantos médicos y buenos escribanos tiene el mundo: Él es un entreverado loco lleno de lúcidos intervalos.- 

XXVI

… y veis aquí donde salen a ejecutar las sentencias, aun bien apenas no habiendo sido puesta en ejecución la culpa; porque entre moros no hay “traslado a la parte”, ni “a prueba y estese”, como entre nosotros.-

Niño, niño – dijo en vez de alto a esta sazón D. Quijote -, seguid vuestra historia línea recta, y no os metáis en las curvas o transversales; que para sacar una verdad en limpio menester son muchas pruebas y repruebas.-

… si me ha salido al revés, no es culpa mía, sino de los malos que me persiguen; y, con todo esto, desde mi yerro, aunque no ha procedido de malicia quiero yo mismo condenarme en costas…

XXXI

… y advierto que hemos llegado a parte donde, con el favor de Dios y valor de mi brazo, hemos de salir mejorados en tercio y quinto en fama y en hacienda.-

XXXII

Finalmente yo no lo trocaría con otro escudero, aunque me diesen de añadidura una ciudad; y así estoy en duda si será bien enviarle al gobierno de quien vuestra grandeza la ha hecho merced; aunque veo en él una cierta aptitud para esto de gobernar, que atusándole tantico el entendimiento se saldría con cualquier gobierno, como rey con sus alcabalas; y más que ya por muchas experiencias sabemos que no es menester ni mucha habilidad ni muchas letras para ser un gobernador, pues hay por ahí ciento que apenas saben leer, y gobiernan como unos gerifaltes; el toque está en que tengan buena intención y deseen acertar en todo; que nunca faltará quien les aconseje y encamine en lo que han de hacer, como los gobernadores caballeros y no letrados, que sentencian con asesor. Aconsejaríale yo que ni tome cohecho, ni pierda derecho, y otras cosilla que me dan en el estómago…

XXXIV 

…llegó D. Quijote y descolgó a Sancho; el cual viéndose libre y en el suelo, miró lo desgarrado del sayo de monte, y pesole en el alma, que pensó que tenía en el vestido un mayorazgo.-

XL 

Ahora señores, vuelvo a decir que mi señor se puede ir solo y buen provecho le haga; que yo me quedaré aquí, en compañía de la duquesa mi señora, y podría ser que cuando volviese hallase mejorada la causa de la señora Dulcinea en tercio y quinto.-

XLII

Nunca te guíes por la ley del encaje, que suele tener mucha cabida con los ignorantes que presumen de agudos.- 

Hallen en ti más compasión las lágrimas del pobre, pero no más justicia, que las informaciones del rico.-

Procura descubrir la verdad por entre las promesas y dádivas del rico como por entre los sollozos é importunidades del pobre.- 

Cuando pudiere y debiere tener lugar la equidad, no cargues todo el rigor de la ley al delincuente; que no es mejor la fama del juez riguroso que la del compasivo.- 

Si acaso doblares la vara de la justicia, no sea con el peso de la dádiva, sino con el de la misericordia.-

Cuando te sucediere juzgar algún pleito de algún tu enemigo, aparta las mientes de tu injuria y ponlas en la verdad del caso.- 

Ne te ciegue la pasión propia en la causa ajena; que los yerros que en ella hicieres, las más veces serán sin remedio; y si le tuviere, será a costa de tu crédito, y aun de tu hacienda.- 

Si alguna mujer hermosa viniere a pedirte justicia, quita los ojos de sus lágrimas y tus oídos de sus gemidos, y considera despacio la sustancia de lo que pide, si no quieres que se anegue tu razón en su llanto y tu bondad en sus suspiros.- 

Al que has de castigar con obras no trates mal con palabras, pues le basta al desdichado la pena del suplicio, sin la añadidura de las malas razones.- 

Al culpado que cayere debajo de tu jurisdicción considérale hombre miserable, sujeto a las condiciones de la depravada naturaleza nuestra, y en todo cuanto fuere de tu parte, sin buscar agravio a la contraria, muéstrate piadoso y clemente; porque aunque los atributos de Dios todos son iguales, más resplandece y campea a nuestro ver el de la misericordia que el de la justicia.-

Si estos preceptos y estas reglas sigues, Sancho, serán luengos tus días, tu fama será eterna, tus premios colmados tu felicidad indecible: Casarás tus hijos como quisieres; títulos tendrán ellos y tus nietos; vivirás en paz y beneplácito de las gentes, y en los últimos pasos de la vida te alcanzará el de la muerte en vejez suave y madura, y cerrarán tus ojos las tiernas y declinadas manos de tus terceros netezuelos. Esto que hasta aquí te he dicho, son documentos que han de adornar tu alma.-

XLIX

Ahora verdaderamente que entiendo que los jueces y gobernadores deben de ser, o han de ser, de bronce, para no sentir las importunidades de los negociantes, que a todas horas y a todos tiempos quieren que les escuchen y despachen, atendiendo solo a su negocio, venga la que viniere; y si el pobre del juez no les escucha y despacha, o porque no puede o porque no es aquel el tiempo diputado para darles audiencia, luego le maldicen y murmuran, y le roen los huesos y aún le deslindan los linajes. Negociante mentecato, no te apresures; espera sazón y coyuntura para negociar; no vengas a la hora de comer ni a la de dormir; que los jueces son de carne y hueso, y han de dar a la naturaleza lo que naturalmente les pide.-

Todos los que conocían a Sancho Panza se admiraban oyéndole hablar tan elegantemente, y no sabían a que atribuirlo, sino a que los oficios y cargos graves, o adoban o entorpecen el entendimiento.-

LI

Vístete bien que un palo compuesto no parece palo. No digo que traigas dijes ni galas, ni que siendo juez vistas como soldado, sino que te adornes con el hábito que tu oficio requiere, con tal que sea limpio y bien compuesto.-

No hagas muchas pragmáticas; y si las hicieres, procura que sean buenas, y, sobre todo, que se guarden y cumplan que las pragmáticas que no se guardan lo mismo es que si no lo fuesen; antes dan a entender que el príncipe que tuvo discreción y autoridad para hacerlas no tuvo valor para hacer que se guardasen; y las leyes que atemorizan y no se ejecutan, vienen a ser como la viga, rey de las ranas; que al principio las espantó, y con el tiempo, la menospreciaron y se subieron sobre ella.-

LII

Pero ante todas cosas, es menester que esta buena dueña y esta mala doncella pongan el derecho de su justicia en manos del señor D. Quijote; que de otra manera no se hará nada, ni llegará a debida ejecución el tal desafío.-

…porque no pienso parar hasta verte arrendador o alcabalero, que son oficios que aunque lleva el diablo a quien mal los usa, en fin, siempre tienen y manejan dineros.-

Sanchica hace puntas de randas; gana cada día ocho maravedís horros, que los va echando en una alcancía para ayudar a su ajuar; pero ahora que es hija de un gobernador, tú le darás la dote sin que ella lo trabaje. La fuente de la plaza se secó; un rayo cayó en la picota, y allí me las den todas.-

LV

… y aunque pensaba hacer algunas ordenanzas provechosas, no hice ninguna, temeroso de que no se habían de guardar; que es lo mesmo hacerlas que no hacerlas.-

LX

… mandó traer – Roque Guinart – allí delante todos los vestidos, joyas y dineros, y todo aquello que desde la última repartición habían robado; y haciendo brevemente el tanteo, volviéndolo a no repartible y reduciéndolo a dineros, lo repartió por toda su compañía con tanta legalidad y prudencia, que no pasó un punto ni defraudó nada de la justicia distributiva.-

A lo que Sancho dijo: Según lo que aquí he visto, es tan buena la justicia, que es necesario que se use aún entre los mesmos ladrones.-

LXVI

Y a mí, que ha pocos días que salí de ser gobernador y juez, como todo el mundo sabe, toca averiguar estas dudas y dar parecer en todo pleito.-

LXXII

A vuestra merced suplico, por lo que debe a ser caballero, sea servido de hacer una declaración ante el alcalde de este lugar, de que vuestra merced no me ha visto en todos los días de su vida hasta agora, y de que ya no soy el D. Quijote impreso en la segunda parte, si este Sancho Panza mi escudero es aquel que vuestra merced conoció.-

Entró acaso el alcalde del pueblo en el mesón, con un escribano, ante el cual alcalde pidió D. Quijote, por una petición, de que a su derecho convenía de que D. Álvaro Tarfe, aquel caballero que allí estaba presente, declaraba ante su merced como no conocía a D. Quijote de la Mancha, que así mismo estaba allí presente, y que no era aquel que andaba impreso en una historia titulada “Segunda parte de D. Quijote de la Mancha”, compuesta por un tal Avellaneda, natural de Tordesillas. Finalmente, el alcalde previó jurídicamente; la declaración se hizo con todas las fuerzas que en tales casos debían hacerse; con lo que quedaron D. Quijote y Sancho muy alegres, como si les importara mucho semejante declaración…

Parece que había madrugado el sol a ver el sacrificio, con cuya luz volvieron a proseguir su camino, tratando los dos del engaño de D. Álvaro, y de cuan bien acordado había sido tomar su declaración ante la justicia y tan auténticamente.-

LXXIV

Llámenme, amiga, a mis buenos amigos: al cura, al bachiller Sansón Carrasco y a maese Nicolás el barbero, que quiero confesarme y hacer mi testamento.-

Yo señores, siento que me voy muriendo a toda priesa: Déjense burlas aparte, y tráiganme un confesor que me confiese y un escribano que haga mi testamento…

El bachiller fue por el escribano, y de allí a poco volvió con él y con Sancho Panza…

Entró el escribano con los demás, y después de haber hecho la cabeza del testamento y ordenado su alma D. Quijote con todas aquellas circunstancias cristianas que se requieren, llegando a las mandas, dijo:

– Item, en mi voluntad que de ciertos dineros que Sancho Panza, a quien en mi locura hice escudero, tiene, que porque ha habido entre él y mi ciertas cuentas, y dares y tomares, quiero que no se le haga cargo de ellos, ni se le pida cuenta alguna, sino que si sobrase alguno después de haberse pagado de lo que le debo, el restante sea suyo, que será bien poco, y buen provecho le haga; y si como estando yo loco fue parte para darle el gobierno de la ínsula, pudiera ahora, estando cuerdo, darle el de un reino, se le diera, porque la sencillez de su condición, y fidelidad de su trato lo merece.-

Item, mando toda mi hacienda, a puerta cerrada, a Antonia Quijana, mi sobrina, que está presente, habiendo sacado primero de lo más bien parado de ella lo que fuere menester para cumplir las mandas que dejo hechas; y la primera satisfacción que se haga quiero que sea pagar el salario que debo del tiempo que mi ama me ha servido, y más veinte ducados para un vestido. Dejo por albaceas al señor cura y al señor bachiller Sansón Carrasco, que están presentes.-

Item, es mi voluntad que si Antonia Quijana mi sobrina quisiere casarse, se case con un hombre de quien primero se haya hecho información que no sabe qué cosas sean libros de caballerías; y en caso de que se averiguare que lo sabe, y, con todo eso, mi sobrina quisiere casarse con él, y se casare, pierda todo lo que le he mandado, lo cual puedan mis albaceas en obras pías, a su voluntad.-

Item, suplico a los dichos señores mis albaceas que si la buena suerte les trajere a conocer el autor que dicen que compuso una historia que anda por ahí con el título de “Segunda parte de las hazañas de D. Quijote de la Mancha”, de mi parte le pidan, cuan encarecidamente ser puedan, perdone la ocasión que sin yo pensarlo le di de haber escrito tantos y tan grandes disparates como en ella escribe; porque parto de esta vida con escrúpulo de haberle dado motivos para escribirlos.-

Cerró con esto el testamento y, tomándole un desmayo, se tendió de largo a largo en la cama.-

Viendo lo cual el cura, pidió al escribano le diese por testimonio cómo Alonso Quijano el Bueno, llamado comúnmente D. Quijote de la Mancha, había pasado de esta presente vida, y muerto naturalmente; y que el tal testimonio pedía para quitar la ocasión de que algún otro autor que Cide Hamete Benegeli le resucitase falsamente, e hiciese inacabables historias de sus hazañas.-

Persiles y Segismunda

Libro I, Capítulo XV

Rosamunda concubina y amiga del Rey de Inglaterra, mandó al rey, y, por añadidura, a todo el reino; puso leyes, quitó leyes; levantó caídos viciosos y derribó levantados virtuosos; cumplió sus gustos, tan torpe como públicamente, en menoscabo de la autoridad del rey, y en muestra de su torpe apetito.-

Libro II, Capítulo V

Estaba también Sinforosa, con deseo de saber que auto se había proveído en la audiencia de amor en la primera vista de su pleito.-

Libro II, Capítulo XII

Esta santa ley, nos enseña – la Católica – que no estamos obligados a castigar a los que nos ofenden, sino aconsejarles la enmienda de sus delitos: Que el castigo toca al Juez, y la reprensión a todos.-

Libro II, Capítulo XIII

Sigue en paz tu camino, y en recompensa que vas de nuestro encuentro mejor de lo que pensaste, te suplicamos perdones a tus ofensores: que la grandeza del rey algún tanto resplandece más en ser misericordioso que justiciero.- 

Libro III, Capítulo VIII

Vino Tozuelo con el parecer de la moza, diéronse las manos los donceles, acabose el pleito y pasó el baile adelante: Que si con esta brevedad se acabasen todos los pleitos, secas y peladas estuvieren las solícitas plumas de los escribanos.-

Libro III, Capítulo IX

Tomadla señor en vida, o haced que la tome la señora Dª Constanza, vuestra nieta, que yo se lo doy en arras y para su dote.-

Libro III, Capítulo X

Querrase – replicó el mozo hablador – mostrar agora el señor alcalde de ser un legislador de Atenas, y que la seguridad de su oficio llegue a los oídos de los señores del consejo, donde, acreditándolo con ellos, le tengan por severo y justiciero, y le cometan negocios de importancia, donde muestre su severidad y su justicia. Pues sepa el señor alcalde que summun jus summa injuria.-

Por quien Dios es, que vuesa merced considere que no hemos robado tanto que podamos dar a censo ni fundar ningún mayorazgo.-

Los jueces discretos castigan pero no toman venganza de los delitos; los prudentes y los piadosos mezclan la equidad con la justicia, y, entre el rigor de la clemencia, dan luz de su buen entendimiento.-

Y advierto a vuesa merced, señor mío que los jueces de esta tierra no desdicen nada de los de España: todos son corteses y amigos de dar y recibir cosas justas y que, y cuando no hay parte que solicita la justicia, no dejan de llegarse a la misericordia, la cual si reina en todos los valerosos pechos de vuesas mercedes, que sí debe reinar, sujeto hay en nosotros en que se demuestre.- 

Libro IV, Capítulo VI

Quedose el pintor confuso, viendo menoscabadas sus esperanzas y su hacienda en poder de la justicia, donde jamás entró alguna que, si saliese, fuese con aquel lustre con que había entrado.-

Libro IV, Capítulo VII

Con decir que estoy enamorada, ciega y loca, quedará este peregrino disculpado y yo esperando la pena que el señor gobernador quisiere darme por mi amoroso delito.-

Afeole el caso, pidió a Periandrio la perdonase, diole por libre y volviole la cruz, sin que en aquella causa se escribiese letra alguna, que no fue ventura poca.-

La Gitanilla

Dos años has de vivir en nuestra compañía primero que de la mía goces, por que tú no te arrepientes por ligero, ni yo quede engañada por presurosa. Condiciones romper leyes; las que te he puesto sabes: Si las quisieras guardar podrá ser que sea tuya y tú seas mío.-

Cuanto más, que el que es azotado por justicia entre nosotros, es tener un hábito en las espaldas que lo parece mejor que si lo trajesen en los pechos y de las buenas.-

Hermaneo, si yo fuera juez vos hubiérades caído debajo de mi jurisdicción por algún delito, el cual pidiera que os hiciera las preguntas que yo os he hecho, la respuesta que me habéis dado obligara a que os apretara los cordeles.-

La española inglesa

La Reina llamó a un mercader rico que habitaba en Londres, y era francés, el cual tenía correspondencia en Francia, Italia y España, al entregó los diez mil escudos y le pidió cédulas para que se las entregasen al padre de Isabela en Sevilla sobre otro mercader francés, su correspondiente en esta forma: Que él escribiría a Paris para que allí se hiciesen las cédulas por otro correspondiente suyo, a causa de que rozasen las fechas de Francia y que no de Inglaterra, por el contrabando de la comunicación de los dos reinos, y que bastaba llevar una letra de aviso suya sin fecha, con sus contraseñas, para que luego diese el dinero el mercader de Sevilla, que ya estaría avisado del de Paris.-

Licenciado Vidriera

Yo me acuerdo de haber tenido un amigo que en una ocasión criminal que tuvo dio una sentencia tan exorbitante que excedía en muchos quilates a la culpa de los delincuentes. Preguntéle que por qué había dado aquella tan cruel sentencia y hecho tan manifiesta injusticia. Respondiome que pensaba otorgar la apelación, y que con esto dejaba campo abierto a los señores del consejo para mostrar su misericordia, moderando y poniendo aquella su rigurosa sentencia en su punto y debida proporción.- Yo le respondí que mejor fuera haberla dado de manera que los quitara de aquel trabajo, pues con esto lo tuvieran a él por juez recto y acertado.-

Uno dijo: – 

¿Qué es esto señor licenciado que os he oído decir mal de muchos oficios y jamás lo habéis dicho de los escribanos, habiendo tanto que decir? A lo cual respondió:

Aunque de vidrio, no soy tan frágil que me deje ir con la corriente del vulgo, las más veces engañado. Paréceme a mí que la gramática de los murmuradores y el la, la, la, de los que cantan son los escribanos, porque así como no se puede pasar a otras ciencias si no es por la puerta de la gramática, y como el músico primero murmura que canta, así los maldicientes, por donde empiezan a mostrar la malignidad es por decir mal de los escribientes y alguaciles y de los otros ministros de la justicia, siendo un oficio el de escribano sin el cual andaría la verdad por el mundo a sombra de tejado, corrida y maltratada, así dice el Eclesiástico: In manu Dei potestas hominis est, et super faciem scribe e imponet honoren. – Es el escribano persona pública, y el oficio del juez no se puede ejercitar cómodamente sin el suyo. Los escribanos han de ser libres y no esclavos ni hijos de esclavos; legítimos, no bastardos ni de ninguna mala raza nacidos, juran de secreto fidelidad y que no harán escritura usuraria; que ni amistad ni enemistad, provecho e daño les moverá a no hacer su oficio con buena y cristiana conciencia. Pues si este oficio tan buenas partes requiere ¿por qué se ha de pensar que de más de veinte mil escribanos que hay en España se lleve el diablo la cosecha, como si fueran cepas de su majuelo? No lo quiero creer, ni es bien que ninguno lo crea, porque, finalmente digo que es la genta más necesaria que había en las repúblicas bien ordenadas, y que si llevaban demasiados derechos, también hacían demasiados tuertos y que de estos dos extremos podía resultar un medio que los hiciese mirar por el virote.-

La ilustre fregona

Alborotase el huésped, y aún los huéspedes: porque así como los cometas cuando se muestran siempre causan temores de desgracias e infortunios, ni más ni menos la justicia, cuando de repente y de tropel se entra en una casa, sobresalta y atemoriza hasta las conciencias no culpadas.-